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Jueves 28 de marzo de 2024
Reforma pol�tica electoral: an�lisis de la iniciativa presidencial (parte II)

Actualizado: 2022-05-13

Juan Manuel Vázquez Barajas


Sólo para recordar lectores,  agrupé el análisis de la iniciativa en cuatro apartados. Ahora haré el análisis de las propuestas del tema de partidos políticos y candidaturas independientes contenidas en la iniciativa de reforma política electoral presentó el titular del Poder Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador, previamente abordé los temas sobre sistemas electorales y representación política. 


Dentro de las modificaciones se plantea modificar el sistema de partidos político, recordemos que este sistema fue instituido con las reformas constitucionales realizadas entre 1990 y 1996, posterior a las polémicas elecciones de 1988, de las que tanto se ha hablado la caída del sistema. 


REGULACIÓN CONSTITUCIONAL SOBRE VIDA INTERNA 


Un primer cambio tiene que ver con la vida interna de los partidos políticos una protección o limitación a la ampliación de la justicia partidaria. Se limita a los tribunales electorales a solo revisar y condenar por violaciones a la normativa interna de estas organizaciones sociales o por derechos de los y las ciudadanas. En forma expresa se prohíbe a los juzgadores intervenir y nombrar a los dirigentes y a sus candidatos. 


Limitación que afecta el derecho humano de acceso a la justicia. Por otro lado, las violaciones a la normativa interna tienen relación directa con derechos políticos vinculados al nombramiento de dirigentes en todos los niveles y a la elección de candidatos a los puestos de elección popular. Sin duda es una limitación constitucional que puede derivar en la trasgresión mayor de estos derechos. Habrá que esperar como queda redacta la ley, secundaria, de aprobarse esta incorporación constitucional. 


FINANCIAMIENTO PÚBLICO Y PRIVADO 


Un segundo aspecto que se proponer enmendar, versa sobre el financiamiento público a los partidos políticos. Actualmente el financiamiento público es preponderante sobre el de carácter privado, el cual está limitado y tasado en la ley electoral en un 2 por ciento en años no electorales y de diez por ciento cuando hay campañas electorales. 


La reforma plantea que para el sostenimiento de las actividades ordinarias en forma permanente de los partidos provengan del financiamiento privado, en la norma vigente se previene que si reciban financiamiento público en forma preponderante sobre el privado. Se calcula considerando el total de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral multiplicado por el 65% del salario mínimo vigente. 


Para el año 2022, los partidos políticos, en el ámbito público federal, recibirán 5,821 millones 851 mil 704 pesos; los que proviene por sus actividades ordinarias 5,543 millones 960 mil 304 pesos, por actividades específicas 166 millones 318 mil pesos 806 pesos y por franquicias postales-telegráficas. (Acuerdo INE/CG1781/2021). Este financiamiento se entrega en forma anual a los partidos conforme a la formula constitucional comentada. 


La reforma propone eliminar este financiamiento público y en su lugar, que sean los propios partidos que busquen alternativas para obtener financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes. 


Sobre el financiamiento de las campañas electorales y de cualquier acto que tenga como propósito obtener el voto de la ciudadanía de los candidatos de los partidos y de los independientes, se sostiene la preponderancia del financiamiento público sobre el privado. Esto implica que se garantiza la equidad económica de las candidaturas. 


En las campañas presidenciales se considera el número de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral multiplicados por la UMA. El monto de financiamiento de las campañas en 2024 podría ascender a una cifra aproximada a los 9 mil millones de pesos. 


Para las elecciones intermedias significaría una cifra cercana a los 6 mil millones de pesos, dependiendo del número de empadronados en el año 2027. 


Como puede observarse, la fórmula constitucional que se propone considera la Unidad de Medida y Actualización, en lugar del salario mínimo. La reducción al financiamiento públicas tanto ordinarias como de campará sería como de 50%. 


Sin duda, el adaptar un régimen de financiamiento híbrido, entre público y privado, en proporciones del 50% para cada fuente es un avance del sistema democrático. Abrir las puertas al financiamiento privado es un derecho fundamental en las democracias, los grupos ideológicos en una sociedad pueden financiar a sus organizaciones políticas. Es necesario sostener que la medida puede acompañarse de una serie de mecanismos de control, verificación y sanción, tanto administrativa y como penal, de aportaciones indebidas al sostenimiento de las actividades permanentes de los partidos. 


RADIO Y TELEVISIÓN 


Un cambio relevante sobre comunicación política es la reducción del tiempo fisca de radio y televisión del del Estado mexicano para la trasmisión de los spots de los partidos políticos para difundir su propaganda política como electoral. 


La iniciativa presidente plantea otorgar solamente 30 minutos por cada canal de televisión o estación de radio, dentro de los procesos electorales y 12% de en los dos años previos al de las elecciones federales. Esto contribuye a la disminución de la exagerada spotización que se ha presentado en las elecciones del 2009 a la fecha. 


DURACIÓN DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES 


También el Presidente plantea estandarizar el tiempo que duran las campañas electorales, en elecciones presidencias 90 días, senadurías y gubernaturas 65, diputaciones federales 60, congresos locales y ayuntamientos 45.

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