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Friday 14 de August de 2026
   
Congreso cambia requisitos para titular del ORFIS en Veracruz
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Congreso cambia requisitos para titular del ORFIS en Veracruz Foto: AVC / Noticias
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2026-07-07.- El Congreso aprobó reformar requisitos para dirigir el ORFIS; oposición advierte vacíos sobre experiencia, arraigo e independencia política.

 


Xalapa, Ver.-  (AVC) El Congreso de Veracruz aprobó una reforma constitucional para modificar los requisitos que deberá cumplir la persona titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, encargado de revisar el uso de los recursos públicos estatales y municipales.


La reforma modifica el último párrafo de la fracción III del artículo 67 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.


El dictamen fue presentado por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Vigilancia, a partir de una iniciativa del diputado Miguel Guillermo Pintos Guillén, integrante del Grupo Legislativo de Morena, a la que se adhirieron Morena y el Partido Verde Ecologista de México.


El cambio fue aprobado durante el Séptimo Periodo de Sesiones Extraordinarias de la LXVII Legislatura, realizado este martes 7 de julio de 2026.


El ORFIS es el órgano encargado de fiscalizar las cuentas públicas, auditar el manejo de recursos y revisar posibles irregularidades en dependencias, municipios y entes públicos. Por ello, la definición de los requisitos para su titularidad es clave en el control del gasto público en Veracruz.


Con la reforma aprobada, la Constitución local establecerá directamente los requisitos para la persona titular del ORFIS. El nuevo texto señala que deberá contar, al día del nombramiento, con título profesional en contaduría pública, derecho, economía o administración pública, expedido por una institución legalmente facultada y con una antigüedad mínima de cinco años.


También se establece que la persona aspirante no deberá pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministra de algún culto religioso, salvo que se separe conforme a la Constitución federal y la ley correspondiente.


Además, no podrá haber ocupado durante el año previo al nombramiento la titularidad del Poder Ejecutivo estatal, una Secretaría de Despacho, la Fiscalía General del Estado, una senaduría, diputación local o federal, ni una presidencia municipal.


La reforma mantiene la prohibición de que, durante el ejercicio del cargo, la persona titular del ORFIS forme parte de algún partido político o desempeñe otro empleo, cargo o comisión, salvo actividades no remuneradas en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia.


De acuerdo con el dictamen, el objetivo es sustituir la remisión que actualmente se hacía al artículo 58 de la Constitución local, relacionado con requisitos para magistraturas, juezas y jueces.


Las comisiones dictaminadoras argumentaron que esa remisión fue diseñada para perfiles jurisdiccionales, principalmente vinculados con la licenciatura en derecho, mientras que la fiscalización superior requiere perfiles técnicos más amplios, como contaduría pública, economía y administración pública.


El dictamen sostiene que la reforma busca hacer compatible el perfil constitucional con la naturaleza técnica del ORFIS y con lo previsto en la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado.


Sin embargo, la reforma generó votos particulares de diputados del PAN y de Movimiento Ciudadano, quienes advirtieron posibles lagunas en la propuesta aprobada.


La diputada Luz Alicia Delfín Rodríguez y el diputado Enrique Cambranis Torres, del PAN, señalaron que el dictamen deja fuera el requisito de ser veracruzana o veracruzano, o acreditar residencia mínima en la entidad.


En su voto particular plantearon que la persona titular del ORFIS debería ser veracruzana o veracruzano y haber residido en el estado durante los dos años anteriores a la elección, o ser mexicana por nacimiento con vecindad mínima de cinco años en Veracruz.


Los legisladores panistas también propusieron exigir un promedio académico mínimo de ocho puntos o su equivalente, al considerar que se trata de un cargo de alta responsabilidad pública.


Además, pidieron impedir que la titularidad del ORFIS sea ocupada por personas que hayan desempeñado cargos de dirección nacional, estatal, distrital o municipal en algún partido político, hayan sido representantes partidistas o hayan sido registradas como candidatas en los seis años previos a la designación.


A su juicio, esos candados permitirían reforzar la imparcialidad e independencia de quien encabece el órgano fiscalizador.


Por separado, el diputado Adrián Sigfrido Ávila Estrada, de Movimiento Ciudadano, presentó otro voto particular en el que advirtió que la reforma exige título profesional con antigüedad mínima de cinco años, pero no incorpora de forma expresa experiencia previa en fiscalización.


El legislador propuso que la Constitución local obligue a acreditar al menos cinco años de experiencia en actividades de fiscalización, auditoría, control de recursos públicos o evaluación del gasto público, ya sea en el ámbito federal, estatal o municipal.


Ávila Estrada sostuvo que, sin ese requisito explícito, podría abrirse la puerta a perfiles sin capacidad técnica suficiente para dirigir el ORFIS.


Al tratarse de una reforma constitucional, el cambio deberá seguir el procedimiento previsto en el artículo 84 de la Constitución de Veracruz. Esto implica que, además de la aprobación del Congreso, deberá ser avalada por la mayoría de los ayuntamientos del estado.


Después, el Congreso o la Diputación Permanente deberá realizar el cómputo de votos municipales y emitir la declaratoria correspondiente para que la reforma forme parte de la Constitución local.

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