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Friday 16 de October de 2026
   
Hasta 6 años de cárcel a quien cause la muerte de un animal por maltrato o crueldad
AVC/Noticias  .  
2026-10-16.- Se tipificaron nuevas conductas delictivas relacionadas con el abuso sexual, el abandono y la sustracción de animales y se faculta a autoridades ambientales, de seguridad y de procuración de justicia para intervenir en estos casos.



Xalapa, Ver.- (AVC) El Congreso de Veracruz aprobó penas de hasta seis años de prisión y multas de hasta mil 500 UMAs para quienes causen intencionalmente la muerte de un animal mediante actos de maltrato o crueldad, como parte de una reforma que también incorpora nuevos delitos relacionados con la protección animal.

El dictamen fue aprobado por unanimidad, con 39 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, e incluye modificaciones al Código Penal, la Ley de Protección a los Animales y la Ley Estatal de Protección Ambiental.

De acuerdo con las reformas al Código Penal, quienes cometan actos intencionales de maltrato o crueldad que provoquen sufrimiento o lesiones a un animal podrán recibir de uno a cuatro años de prisión, además de una multa de 150 a 600 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de los hechos.

En los casos en que estas conductas provoquen la muerte del animal, las sanciones aumentarán a entre tres y seis años de prisión, así como multas de 600 a mil 500 UMAs.

Incorporan nuevos delitos de maltrato animal

Las modificaciones también contemplan la tipificación de nuevas conductas delictivas relacionadas con el abuso sexual, el abandono y la sustracción de animales. Además, facultan a las autoridades ambientales, de seguridad y de procuración de justicia para intervenir en la atención y persecución de estos casos.

Las reformas a la Ley de Protección a los Animales precisan las atribuciones de las autoridades en materia penal y administrativa, así como las competencias de la Secretaría de Salud y los ayuntamientos respecto de los centros de salud animal.

También establecen que el ingreso de las autoridades a un domicilio deberá contar con el consentimiento correspondiente o estar sujeto a control judicial, además de ordenar medidas para el rescate y la custodia de animales.

Por su parte, las modificaciones a la Ley Estatal de Protección Ambiental incorporan definiciones de animal y fauna doméstica abandonada, en concordancia con la Ley General de Vida Silvestre.

Autoridades tendrán 180 días para adecuar reglamentos

El decreto deriva de una iniciativa presentada por el Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), turnada a comisiones durante la Novena Sesión Ordinaria del Congreso, el 21 de mayo de 2026.

El dictamen fue elaborado por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Medio Ambiente, Recursos Naturales, Cambio Climático y de Protección y Bienestar Animal.

De acuerdo con los artículos transitorios, el Gobierno estatal y los ayuntamientos tendrán un plazo de 180 días, a partir de la entrada en vigor del decreto, para realizar las adecuaciones al Reglamento de la Ley de Protección a los Animales y armonizar las disposiciones municipales.

Durante la discusión, la diputada de Morena Imelda Garrido Alvarado sostuvo que la violencia contra los animales no es un hecho aislado, sino que puede anteceder a otras formas de violencia social y familiar.

En tanto, el coordinador del PVEM, Carlos Marcelo Ruiz Sánchez, respaldó la reforma al considerar que permitirá fortalecer la protección animal desde las leyes y los municipios.

Las diputadas Montserrat Ortega Ruiz y Valeria Méndez Moctezuma también se pronunciaron a favor del dictamen.

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