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Xalapa, Ver. — (AVC) El Congreso de Veracruz aprobó una reforma a la Ley para el Fomento, Apoyo y Protección de la Lactancia Materna, con cambios en los requisitos que deberán cumplir las trabajadoras para acceder a descansos extraordinarios después de los seis meses de lactancia.
La modificación fue publicada en la Gaceta Oficial del Estado mediante el Decreto 509 y promulgada por la gobernadora Rocío Nahle García.
¿Qué es la Ley de Lactancia Materna?
La Ley para el Fomento, Apoyo y Protección de la Lactancia Materna es una legislación estatal que busca garantizar el derecho de madres e hijos a la lactancia, además de promover condiciones laborales y sociales que permitan ejercerla de manera adecuada.
Entre sus objetivos se encuentran:
- Proteger la salud de niñas y niños mediante la lactancia.
- Impulsar espacios y condiciones adecuadas para madres trabajadoras.
- Garantizar tiempos de descanso para alimentar a los menores.
- Promover políticas públicas de apoyo a la maternidad.
La legislación establece derechos tanto para las madres trabajadoras como obligaciones para instituciones públicas y centros laborales.
¿Qué cambia con la reforma?
La modificación corresponde al segundo párrafo de la fracción I del artículo 9 de la ley estatal.
Con la nueva disposición, las trabajadoras deberán comprobar que mantienen la lactancia materna efectiva mediante:
- Un documento expedido por personal médico de una institución pública, o
- Una copia del acta de nacimiento del menor.
Además, la documentación deberá presentarse ante el centro de trabajo cada dos meses para conservar el acceso a los descansos extraordinarios establecidos en la ley.
¿Qué son los descansos extraordinarios?
La legislación contempla periodos de reposo o pausas laborales destinadas a que las madres puedan alimentar a sus hijos o extraer leche materna durante la jornada laboral.
Estos derechos aplican después del periodo de maternidad y forman parte de las medidas de protección laboral para mujeres trabajadoras.
¿Cuándo entró en vigor?
La reforma entró en vigor el 9 de mayo, un día después de su publicación oficial en la Gaceta del Estado.
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