Xalapa, Ver. (AVC/Perla Sandoval) El 23 de diciembre de 2022 un paciente acudió al Hospital General de Zona 24 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Poza Rica para realizarse una intervención para extirpar la vesícula biliar pero una atención inadecuada derivó en la pérdida de movilidad de un miembro inferior. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 224 de este año hacia el IMSS por una inadecuada atención en la cirugía de colecistectomía convencional, especialmente por el área el Servicio de Anestesiología y Cirugía, toda vez que el paciente presentó una complicación del procedimiento anestésico que no fue diagnosticada de forma oportuna.
La víctima ingresó al HGZ-24 el 23 de diciembre de 2022 para una cirugía de colecistectomía convencional y el personal médico utilizó anestesia regional, pero horas más tarde presentaba dolor en el miembro pélvico derecho con disminución de fuerza y que se extendía a la rodilla.
En la nota médica del día 23 de diciembre de 2022 se reportó que presentaba dolor y al día siguiente fue valorado y se determinó que no había mejoría sintomática, que tenía dolor intenso en pierna derecha, pero no se mencionó de la intensidad del dolor ni tipo, así como tampoco el estado de los reflejos y esfínteres.
El día 26 de diciembre presentó dolor tipo descarga eléctrica en miembro pélvico derecho, incapacidad para movilizarla, retención urinaria y fecal, y a pesar de ello hubo dilación para la realización de la resonancia magnética que se hizo hasta cinco días después de que el paciente comenzó con la sintomatología, “lo cual no permitió que se efectuará un diagnóstico oportuno del hematoma epidural y por lo tanto no se le otorgó el tratamiento quirúrgico inmediato que ameritaba”.
La CNDH señala que la complicación que presentó ameritaba se llevará a cabo de forma urgente resonancia magnética y valoración por el Servicio de Neurocirugía con miras a implementar el tratamiento adecuado; es decir, la descompresión quirúrgica, que debe realizarse preferentemente antes de las 8 horas de haber iniciado los síntomas, sin embargo en este caso, el estudio fue indicado hasta 3 días después y para el momento en que fue valorada por Neurocirugía, es decir 10 días después del inicio del cuadro clínico.
El 28 de diciembre personal médico realizó una resonancia magnética a la víctima; sin embargo, le informaron que ya no era posible realizar una nueva intervención quirúrgica, toda vez que se tenía que realizar dentro de las 48 horas posteriores a la primera cirugía.
Por ello, el 3 de enero de 2023 la víctima egresó del nosocomio con diagnóstico de disestesias (dolor crónico) en miembro pélvico derecho, por lo que e indicaron citas de seguimiento con Neurología, Rehabilitación, Anestesiología y Traumatología y Ortopedia, además de tratamiento.
Sin embargo, la CNDH determinó que la atención otorgada por el personal médico fue inadecuada e inoportuna; se observó que la omisión de indicar la realización de una resonancia magnética de columna dorsolumbar e interconsulta al área de Neurocirugía condiciona una limitación en la movilidad de la extremidad pélvica derecha.
“El personal médico a cargo incurrió en inobservancia de lo establecido en la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica y de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 Del Expediente Clínico”, señala. La CNDH recomendó al IMSS que en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas brinde la reparación integral por los daños causados a la víctima, así como a las víctimas indirectas del caso.
Deberá incluir el pago de una compensación y la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas a fin de que se les proporcione la atención médica y psicológica que requieran por las acciones y omisiones.
Igualmente, se le recomendó colaborar en el trámite y seguimiento de la vista administrativa que la CNDH presente contra de las personas responsables en el Órgano Interno de Control en el IMSS, por la inadecuada atención médica proporcionada, así como lo relativo a la integración del expediente clínico.
El IMSS deberá impartir un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho de protección a la salud, así como la observancia y contenido de las NOM y las Guías de Práctica Clínica citadas en el cuerpo de la Recomendación, al personal médico de base del Servicio de Cirugía y Anestesiología del HGZ 24.
Por otra parte, se le recomendó emitir dos circulares, una en la que se instruya al personal médico de base del Servicio de Cirugía y Anestesiología del HGZ 24, para que adopten medidas efectivas de prevención que permitan garantizar que no se repitan los hechos y otra que deberá contener las medidas de prevención y supervisión, a fin de garantizar el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003.
|