Xalapa, Ver.- (AVC) El miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó rechazar la solicitud de demanda de amparo presentada por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) contra el grupo MAS. Fue la Primera Sala de la SCJN la que desechó la acción colectiva promovida contra el Grupo MAS, al considerar que no se cumplían con los requisitos de interés y trascendencia para que pudiera proceder dicho amparo. En un comunicado dado a conocer por Grupo MAS en redes sociales, se informó que con esta determinación se ratifican las decisiones anteriores que rechazaban la Acción Colectiva, tanto por el Juzgado Tercero de Distrito, con expediente 07/2020 con fecha del 16 de diciembre de 2020, así como del Primer Tribunal Unitario de Circuito, con fecha del 28 de abril de 2021, en ambos casos rechazados por “no reunir siquiera los requisitos de procedencia”. Así, el amparo indirecto presentado por la PROFECO será analizado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito y no por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Grupo MAS expresó que han recibido numerosas consultas de sus usuarios “que han sido mal informados para adherirse a la mencionada acción colectiva y a la medida suspensiva de corte de servicio para usuarios morosos que se había decretado en dicha causa”. En ese sentido, destacó que no existe una medida precautoria vigente relacionada con la suspensión de servicios y para cualquier duda recomiendan ponerse en contacto por los medios de comunicación de este grupo “para recibir asesoramiento sobre los planes y facilidades de pago para la regularización de sus cuentas, así como atender dudas, inquietudes o quejas”.
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