Xalapa, Ver.- (AVC/Sofía Quiñones) La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) del Gobierno de Veracruz rescindió un contrato de obra pública por 7.3 millones de pesos relacionado con la construcción de techo firme en los municipios de Pánuco, Pueblo Viejo y Tantoyuca, debido a incumplimientos atribuibles al contratista.
La resolución fue publicada el 15 de diciembre en la Gaceta Oficial del Estado, como parte del procedimiento administrativo de rescisión SEDESOL D.J. 001/2020, iniciado por la Dirección Jurídica de la dependencia.
Contrato firmado en 2019
De acuerdo con el documento oficial, el contrato SEDESOL-DGMCV-ICTP-09-2019 fue firmado el 9 de agosto de 2019 entre la Sedesol y la persona física Raúl Barradas Flores, por un monto total de 7 millones 309 mil 944.73 pesos, IVA incluido, para la ejecución de obras de mejoramiento de vivienda.
La dependencia determinó que se acreditaron las causales de rescisión previstas en el contrato y en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado, al comprobarse el incumplimiento de diversas obligaciones contractuales, lo que facultó legalmente a la Sedesol a dar por terminado el acuerdo por causas imputables al contratista.
Anticipo sin comprobar
La resolución establece que el contratista recibió un anticipo por 2 millones 192 mil 983.42 pesos; sin embargo, no se presentaron estimaciones de obra que permitieran su amortización.
Como resultado, quedó pendiente la recuperación de 1 millón 963 mil 943.14 pesos, además de los accesorios legales correspondientes. Ante esta situación, la Sedesol informó que procederá a hacer efectivas las pólizas de fianza otorgadas para garantizar el cumplimiento del contrato y la correcta aplicación de los recursos públicos.
El procedimiento administrativo fue regularizado tras observaciones del Órgano Interno de Control de la dependencia, el cual recomendó emitir nuevamente la resolución luego del levantamiento de actas circunstanciadas ante notario.
Asimismo, se informó que, debido al fallecimiento del contratista, en caso de existir un representante legal de su sucesión, este podrá interponer un recurso de revocación o promover un juicio contencioso administrativo dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución.
La notificación se realizará mediante edicto, tanto en la Gaceta Oficial del Estado como en un periódico de mayor circulación en la entidad.
La Sedesol precisó que dará seguimiento al procedimiento legal para la recuperación de los recursos públicos y la ejecución de las garantías correspondientes, conforme a lo establecido en la normatividad estatal.