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Wednesday 19 de August de 2026
   
Dependencias de Veracruz deberán atender amparos en línea: ¿qué cambia?
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Dependencias de Veracruz deberán atender amparos en línea: ¿qué cambia? Foto: AVC / Noticias
AVC/Noticias  .  
2026-08-18.- Dependencias estatales deberán crear perfiles para recibir notificaciones y presentar promociones en juicios de amparo antes del 15 de diciembre.

Xalapa, Ver. (AVC).- Las dependencias y entidades paraestatales del Gobierno de Veracruz deberán conectarse al Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación para atender en línea los juicios de amparo en los que intervengan.



El decreto publicado el 17 de agosto en la Gaceta Oficial establece que el registro deberá concluir antes del 15 de diciembre de 2026. El plazo local termina 14 días antes del límite federal, fijado para el 29 de diciembre.



¿Qué es un juicio de amparo?



El juicio de amparo es un mecanismo mediante el cual las personas pueden solicitar protección frente a leyes, actos u omisiones de autoridades que consideren violatorios de sus derechos humanos, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.



Cuando una dependencia estatal es señalada como autoridad responsable, debe recibir las notificaciones judiciales, rendir informes, presentar documentos y responder a los requerimientos del juzgado.



¿Qué trámites se realizarán en línea?



La interconexión permitirá que las autoridades estatales reciban notificaciones electrónicas, consulten expedientes y presenten promociones o documentos sin trasladarlos físicamente a los juzgados federales.



Cada dependencia deberá crear un perfil institucional en el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación y cumplir con los requisitos técnicos, de seguridad, autenticación y firma electrónica establecidos por el Órgano de Administración Judicial.



El sistema no significa que los juicios serán resueltos automáticamente. La plataforma funcionará como un canal digital para intercambiar documentos y dar seguimiento a los expedientes.



¿Quiénes están obligados?



El decreto alcanza a las dependencias centralizadas y entidades paraestatales que forman parte del Poder Ejecutivo de Veracruz.



Esto incluye a las secretarías estatales y organismos públicos vinculados con el Gobierno del Estado que puedan participar como autoridades responsables o partes dentro de un juicio de amparo.



El decreto estatal no incluye directamente a los ayuntamientos, organismos autónomos ni a los poderes Legislativo y Judicial de Veracruz. Sin embargo, el aviso federal publicado el 2 de julio en el Diario Oficial de la Federación establece que la obligación de incorporarse a la interconexión también alcanza a autoridades federales, estatales, municipales y alcaldías.



¿Quién coordinará el proceso?



La Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Finanzas y Planeación serán las encargadas de coordinar la incorporación de las dependencias estatales.



Ambas deberán emitir los lineamientos, criterios y procedimientos necesarios, brindar apoyo técnico, recibir informes de avance y supervisar que cada institución concluya su registro.



Los lineamientos deberán publicarse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto.



¿Qué deben hacer las dependencias?



Las personas titulares de cada dependencia o entidad paraestatal deberán:







  • Crear los perfiles institucionales en el sistema federal.







  • Designar al personal que funcionará como enlace.







  • Informar los avances del proceso a la Secretaría de Gobierno y a Sefiplan.







  • Cumplir con los requisitos de seguridad y firma electrónica.







El personal de enlace deberá ser designado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto.



¿Cuáles son las fechas clave?



El decreto fue publicado el 17 de agosto de 2026 y entró en vigor al día siguiente.



Las dependencias estatales tendrán como fecha límite el 15 de diciembre para concluir su registro. El plazo federal vence el 29 de diciembre, después de los 180 días naturales otorgados en el aviso publicado por el Órgano de Administración Judicial.



¿Qué cambia para la ciudadanía?



El decreto no modifica los requisitos, derechos o plazos que tienen las personas para promover un juicio de amparo. La obligación recae directamente en las autoridades estatales.



La digitalización busca reducir el uso de documentos impresos, agilizar las comunicaciones con los juzgados y permitir un seguimiento electrónico de los expedientes.



Cuando una persona promueva un amparo contra una dependencia de Veracruz, la autoridad podrá recibir las notificaciones y presentar sus respuestas mediante el sistema digital.



¿Qué pasa si una dependencia no cumple?



El decreto establece que el incumplimiento será sancionado conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas de Veracruz y otras disposiciones aplicables.



No determina una sanción específica ni señala automáticamente qué falta administrativa se configuraría. La posible responsabilidad dependerá de la conducta, sus consecuencias y el procedimiento correspondiente.



El documento tampoco precisa el presupuesto que se destinará a la interconexión, el número de dependencias que deberán registrarse ni si todas cuentan actualmente con la infraestructura y las firmas electrónicas necesarias.




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