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Xalapa, Ver.— (AVC) Desde hoy, 8 de octubre, apoderarse de mercancías o bienes de vehículos accidentados en Veracruz, aprovechando la confusión o vulnerabilidad del momento, puede implicar de dos a cinco años de prisión y multas de hasta 58 mil 655 pesos.
La sanción está prevista en el nuevo artículo 208 Bis del Código Penal del Estado, incorporado mediante el Decreto número 548, publicado el 7 de octubre de 2026 en la Gaceta Oficial.
La disposición castiga a quien se apodere de mercancías, objetos o bienes transportados en vehículos públicos o privados, aprovechando el estado de vulnerabilidad, confusión o desorden provocado por un accidente, siniestro o hecho de tránsito.
Además de la prisión, establece una multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Con el valor de 117.31 pesos por UMA señalado en la Gaceta compartida, el monto equivale a entre 11 mil 731 y 58 mil 655 pesos.
La reforma no se limita a mercancías de camiones de carga. También contempla objetos y otros bienes transportados en vehículos públicos o privados, bajo las circunstancias descritas en el artículo.
El decreto fue expedido por la LXVII Legislatura del Congreso del Estado el 6 de octubre en Xalapa. La gobernadora Norma Rocío Nahle García ordenó su publicación y cumplimiento el 7 de octubre.
El documento lleva las firmas del diputado presidente Luis Vicente Aguilar Castillo y de la diputada secretaria Daniela Flores Barnils.
El primer artículo transitorio establece que la reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación, por lo que las sanciones previstas comienzan a regir este 8 de octubre.
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